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 Traducciones Técnicas

Una correcta trasposición de Vuestro pensamiento en un idioma y una cultura diferente, hará que Vuestro interlocutor comprenda perfectamente y aprecie de la mejor manera Vuestro producto (o que vosotros podáis hacerlo por el suyo); todo esto está dentro del concepto fundamental de "empatía", muchas veces descuidada.

Es muy importante que un documento pueda ser correctamente aplicado por el relativo usuario:

  • Un manual del usuario deberá ser necesariamente legible, de aspecto agradable y fácil de consultar

  • Un manual de referencias técnicas deberá ser conciso, esquemático y eficiente, como así también escrito en el lenguaje técnico en uso en el sector

  • Un documento legal deberá ser privo de ambigüedades, además de ser redactado en las formas verbales apropiadas

  • Una comunicación publicitaria deberá reflejar la cultura e el imaginario colectivo del País de destinación

La certificación de nuestros colaboradores, la personalización de la traducción según la terminología especifica del cliente, la utilización de sistemas informáticos para la unificación lingüística de los textos y el control de calidad son las nuestras garantías.

 

 

 Traducciones Juradas

Todos los documentos pueden ser jurados o aseverados por los Tribunales y Juzgados Italianos, para conservar su validez legal en las relaciones con países Extranjeros.

Disposiciones técnicas para las traducciones juradas

Las traducciones juradas son realizadas y firmadas en el verbal de juramente /aseveración por traductores de lengua materna regularmente inscritos en el registro de los consultores técnicos de los varios Tribunales en Roma y en el Lazio.

Estas son dotadas de valor legal efectivo, en cuanto juradas y firmadas por un traductor reconocido y acreditado `por el Tribunal competente, como también por un Oficial del Estado Civil y viene registrada con un numero de protocolo en la Oficina de los actos Notorios y Pericias Juradas de la Fiscalía de Roma.

Las traducciones devén ser integrales y conformes en todas sus partes al documento original, teniendo presente las siguientes normas vigentes:

  1. Las traducciones deben ser juradas por quien las ha traducidas y se las tiene que redactar en papel sellado de € 14,62, o en folios sobre los cuales se aplica un timbre fiscal de € 14,62 en cada folio, en alternativa la traducción puedes ser escrita en paginas formato A4 por 25 líneas a pagina y en este caso se aplica el timbre fiscal de € 14,62 cada 4 paginas, es decir cada 100 líneas;

  2. al final de la traducción ( o si falta espacio, detrás de esta), el traductor debe fijar el TIMBRE DEL VERBAL DEL JURAMENTO (que se encuentra en la oficina) compuesta de 12 líneas (que se debe incluir en la cuenta de las 100 líneas) que el traductor deberá compilar con el propio apellido y nombre como también con las generalidades de su documento de identidad; 

  3. la conjunción entre el documento que se traduce y la traducción se hace a cura del traductor o con su firma o con su timbre o con timbre de la fecha, antes de la presentación al Oficio;

  4. cada documento se debe traducir singularmente si bien sea relativo a la misma persona o si hace también parte del mismo tramite;

  5. el documento que se traduce puede ser en original o en fotocopie (mostrando al Oficio en el segundo caso el documento original) y debe preceder la traducción a la cual se debe unir en modo que forme un único acto al cual seguirá el Verbal del Juramento;

  6. en el caso en el cual la traducción sea desde la lengua italiana a la lengua Arabe, el Verbal de Juramento debe ser siempre fijado a la conclusión del acto;

  7. NO ES CONSENTIDO EN NINGUN CASO TRADUCIR DESDE UNA LENGUA EXTRANJERA A OTRA LENGUA EXTRANJERA, por tanto el traductor tendrá que hacer dos traducciones distintas y separadas: la primera desde la lengua extranjera a la lengua italiana y la segunda desde la lengua italiana a la lengua extranjera (por ej. Debiendo traducir desde el ingles al francés el traductor tendrá que traducir desde el ingles al italiano y desde el italiano al francés con dos traducciones juradas singularmente);

  8. en el caso en que el documento que se debe traducir sea en parte en lengua italiana, estas se deben enteramente TRANSCRIBIR en la traducción, en el mismo modo cuando la traducción se hace hacia una lengua extranjera;

  9. los timbres se traducen y las firmas se reportan, en el caso no sena claros o legibles, se precisará timbre ilegible, firma ilegible, las fotografias y los timbres fiscales que se encuentran en el documento, el traductor las debe mencionar. (ej foto del interesado/a, timbre fiscal de € .... etc.).

N.B.: TODOS LOS TIMBRES FISCALES APLICADOS POR EL TRADUCTOR EN LA TRADUCCION, ANTES DE LA PRESENTACION AL OFICIO, SERAN ANULADOS POR EL MISMO OFICIO AL MOMENTO DE LA INSCRIPCION DE LA TRADUCCION EN LE REGISTRO CRONOLOGICO.

 

 

 Editing, DTP, Gráfica

La CAESAR gestiona y produce directamente vuestros proyectos de manuales, empaginación, ficha producto, catálogos de vendida, brochure y monografías empresariales, presentaciones clásicas o multimediales, sitios INTERNET y un sin fin de cosas para el DTP.

Cualquiera de vuestra exigencia podrá encontrar una solución con nosotros, texto y imagines podrán encontrar la propia colocación y presentación optima.

También fotografías, imágenes fijas o en movimiento podrán ser colocadas o elaborados con software de foto retoque para rendir vuestros productos lo mas profesionales y completos posibles.

 

Los software más utilizados para el servicio desktop:

Microsoft Office® (Word®, Excel®, Power Point®, Publisher®, Access®)

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Autodesk AutoCAD®