|
Una correcta trasposición de Vuestro pensamiento en un idioma y una
cultura diferente, hará que Vuestro interlocutor comprenda perfectamente y
aprecie de la mejor manera Vuestro producto (o que vosotros podáis hacerlo
por el suyo); todo esto está dentro del concepto fundamental de "empatía",
muchas veces descuidada.
Es muy importante que un documento pueda ser correctamente aplicado por el
relativo usuario:
-
Un manual del usuario
deberá ser necesariamente legible, de aspecto agradable y fácil de consultar
-
Un manual de referencias
técnicas deberá ser conciso, esquemático y eficiente, como así también
escrito en el lenguaje técnico en uso en el sector
-
Un documento legal deberá
ser privo de ambigüedades, además de ser redactado en las formas verbales
apropiadas
-
Una comunicación publicitaria
deberá reflejar la cultura e el imaginario colectivo del País de destinación
La certificación de
nuestros colaboradores, la personalización de la traducción según la
terminología especifica del cliente, la utilización de sistemas informáticos
para la unificación lingüística de los textos y el control de calidad son
las nuestras garantías.
|
|
Todos
los documentos pueden ser jurados o aseverados por los Tribunales y Juzgados
Italianos, para conservar su validez legal en las relaciones con países
Extranjeros.
Disposiciones técnicas para las traducciones juradas
Las traducciones juradas
son realizadas y firmadas en el verbal de juramente /aseveración por
traductores de lengua materna regularmente inscritos en el registro de los
consultores técnicos de los varios Tribunales en Roma y en el Lazio.
Estas son dotadas de
valor legal efectivo, en cuanto juradas y firmadas por un traductor
reconocido y acreditado `por el Tribunal competente, como también por un
Oficial del Estado Civil y viene registrada con un numero de protocolo en la
Oficina de los actos Notorios y Pericias Juradas de la Fiscalía de Roma.
Las traducciones devén
ser integrales y conformes en todas sus partes al documento original,
teniendo presente las siguientes normas vigentes:
-
Las traducciones deben
ser juradas por quien las ha traducidas y se las tiene que redactar en
papel sellado de
€ 14,62, o en folios sobre los cuales se aplica un timbre
fiscal de
€ 14,62 en cada folio, en alternativa la traducción puedes ser
escrita en paginas formato A4 por 25 líneas a pagina y en este caso se
aplica el timbre fiscal de
€ 14,62 cada 4 paginas, es decir cada 100
líneas;
-
al final de la
traducción ( o si falta espacio, detrás de esta), el traductor debe fijar
el TIMBRE DEL VERBAL DEL JURAMENTO (que se encuentra en la oficina)
compuesta de 12 líneas (que se debe incluir en la cuenta de las 100 líneas)
que el traductor deberá compilar con el propio apellido y nombre como
también con las generalidades de su documento de identidad;
-
la conjunción entre el
documento que se traduce y la traducción se hace a cura del traductor o
con su firma o con su timbre o con timbre de la fecha, antes de la
presentación al Oficio;
-
cada documento se debe
traducir singularmente si bien sea relativo a la misma persona o si hace
también parte del mismo tramite;
-
el documento que se
traduce puede ser en original o en fotocopie (mostrando al Oficio en el
segundo caso el documento original) y debe preceder la traducción a la
cual se debe unir en modo que forme un único acto al cual seguirá el
Verbal del Juramento;
-
en el caso en el cual
la traducción sea desde la lengua italiana a la lengua Arabe, el Verbal de
Juramento debe ser siempre fijado a la conclusión del acto;
-
NO ES CONSENTIDO EN
NINGUN CASO TRADUCIR DESDE UNA LENGUA EXTRANJERA A OTRA LENGUA EXTRANJERA,
por tanto el traductor tendrá que hacer dos traducciones distintas y
separadas: la primera desde la lengua extranjera a la lengua italiana y la
segunda desde la lengua italiana a la lengua extranjera (por ej.
Debiendo traducir desde el ingles al francés el traductor tendrá que
traducir desde el ingles al italiano y desde el italiano al francés con
dos traducciones juradas singularmente);
-
en el caso en que el
documento que se debe traducir sea en parte en lengua italiana, estas se
deben enteramente TRANSCRIBIR en la traducción, en el mismo modo cuando la
traducción se hace hacia una lengua extranjera;
-
los timbres se traducen
y las firmas se reportan, en el caso no sena claros o legibles, se
precisará timbre ilegible, firma ilegible, las fotografias y los timbres
fiscales que se encuentran en el documento, el traductor las debe
mencionar. (ej foto del interesado/a, timbre fiscal de € .... etc.).
N.B.:
TODOS LOS TIMBRES FISCALES APLICADOS POR EL TRADUCTOR EN LA TRADUCCION,
ANTES DE LA PRESENTACION AL OFICIO, SERAN ANULADOS POR EL MISMO OFICIO AL
MOMENTO DE LA INSCRIPCION DE LA TRADUCCION EN LE REGISTRO CRONOLOGICO.
|
|
La CAESAR gestiona y
produce directamente vuestros proyectos de manuales, empaginación, ficha
producto, catálogos de vendida, brochure y monografías empresariales,
presentaciones clásicas o multimediales, sitios INTERNET y un sin fin de
cosas para el DTP.
Cualquiera de vuestra
exigencia podrá encontrar una solución con nosotros, texto y imagines podrán
encontrar la propia colocación y presentación optima.
También fotografías,
imágenes fijas o en movimiento podrán ser colocadas o elaborados con
software de foto retoque para rendir vuestros productos lo mas profesionales
y completos posibles.
Los software más
utilizados para el servicio desktop:
Microsoft Office® (Word®,
Excel®, Power Point®, Publisher®, Access®)
Adobe FrameMaker®
Adobe FrameMaker® + SGML
Adobe PageMaker®
Adobe Photoshop®
Adobe InDesign®
Adobe Illustrator®
Corel Draw!®
Corel PhotoPaint®
Quark X-Press®
Freehand®
Autodesk AutoCAD®
|